IPC: Índice de Precios al Consumo

Cesta de la CompraEl Índice de Precios de Consumo (IPC) es una medida estadística de la evolución de los precios de los bienes y servicios que consume la población residente en viviendas familiares en España.

El conjunto de bienes y servicios, que conforman la cesta de la compra, se obtiene básicamente del consumo de las familias y la importancia de cada uno de ellos en el cálculo del IPC está determinada por dicho consumo.

Desde enero de 2002 está vigente en España el Sistema de Índices de Precios de Consumo, base 2001. Los cambios metodológicos introducidos en este Sistema han hecho del IPC un indicador más dinámico, que se adapta mejor a la evolución del mercado, ya que se podrán actualizar las ponderaciones más frecuentemente. Además, se podrán incluir nuevos productos en la cesta de la compra en el momento en que su consumo comience a ser significativo.

Productos que dejan la cesta este año

En el grupo «Alimentación y bebidas no alcohólicas», la carne de vacuno estará representada por la ternera y el añojo, en lugar de por la carne de vaca, «cuyo consumo ha disminuido a lo largo del tiempo», según el INE. También desaparecen del índice el tejido para confección, la tela para tapizar o el servicio de reparación de electrodomésticos, cuyo consumo ha dejado de ser significativo.

Entre los que entran en la cesta se encuentran los productos dietéticos e infantiles. También se incluyen servicios relacionados con la homeopatía, el fisioterapeuta y la operación de cirugía estética o la de miopía, que sustituyen a otros servicios paramédicos antes incluidos y que han perdido representatividad.

La nueva base aumenta en 36 el número de municipios en los que se toman muestras de precios. Con ellos ya son 177 (52 capitales de provincia y 125 municipios no capitales) los municipios que formarán parte de los cálculos para el IPC. Sigue leyendo

Otro mundo es posible Marinaleda la utopía hecha realidad

Entrevista con el Juan Manuel Sánchez Gordillo, Alcalde de Marinaleda
11-06-2006
La nueva España

«Hoy tenemos motivos para ser más revolucionarios que nunca». Anticapitalista, ecologista, pacifista y utópico confeso, Juan Manuel Sánchez Gordillo, alcalde de la localidad sevillana de Marinaleda, entusiasmó con su discurso de izquierdas a un público que abarrotó la sala durante la charla organizada por la Sociedad Cultural Gijonesa, en colaboración con el Club La Nueva España de Gijón. Tanto fue así que el Alcalde se permitió bromear: «Parece que estemos en la clandestinidad», dijo. Sánchez Gordillo analizó la realidad andaluza, «donde la política socialista no ha resuelto los problemas estructurales de la comunidad» y ejemplificó, entre otras cosas, que «el 30% de las familias vive bajo el umbral de la pobreza», indicó.

El alcalde de Marinaleda repasó la historia reciente de la localidad sevillana, de Marinaleda. «Se trabajaba un mes en la recogida de la aceituna y el resto del año sólo se podía emigrar y vivir del subsidio», recordó. Fue el Sindicato de Obreros del Campo -inscrito a Vía Campesina, que aglutina a pequeños jornaleros del ámbito mundial-, quien se organizó políticamente a través del Colectivo Unidad de Trabajadores (partido que representa Gordillo) para defender los intereses del pueblo. Tal y como lo describió el dirigente, se trata de «un poder para liberar al pueblo», donde el máximo órgano decisorio lo constituyen las asambleas de barrio, «abiertas a todo el que quiera asistir sin distinción de color político y el que decide cuánto dinero se va a invertir en el conjunto del pueblo» -explicó- a través de acuerdos que luego suscribe el Pleno del Ayuntamiento. Un sistema de participación directa hábil los siete días de la semana, como explicó el Alcalde, en lo que llamó «domingos rojos», día en que los vecinos contribuyen a la comunidad con labores sociales como arreglo de jardines o calles. Sigue leyendo

Don Quijote y el falso Quijote de Avellaneda

Don QuijoteRecojo los fragmentos del libro en los que Cervantes saca a colación el falso libro sobre la figura de Don Quijote que puso en circulación Avellaneda.

Pasó adelante y vio que asimesmo estaban corrigiendo otro libro; y, preguntando
su título, le respondieron que se llamaba la Segunda parte del Ingenioso Hidalgo
don Quijote de la Mancha
, compuesta por un tal vecino de Tordesillas.

-Ya yo tengo noticia deste libro -dijo don Quijote-, y en verdad y en mi
conciencia que pensé que ya estaba quemado y hecho polvos, por impertinente;
pero su San Martín se le llegará, como a cada puerco, que las historias fingidas
tanto tienen de buenas y de deleitables cuanto se llegan a la verdad o la
semejanza della, y las verdaderas tanto son mejores cuanto son más verdaderas.

…así, menudeaban libros nuevos y viejos, que era una maravilla. A uno dellos, nuevo, flamante y bien encuadernado, le dieron un papirotazo que le sacaron las tripas y le
esparcieron las hojas. Dijo un diablo a otro: »Mirad qué libro es ése». Y el
diablo le respondió: »Ésta es la Segunda parte de la historia de don Quijote de
la Mancha, no compuesta por Cide Hamete, su primer autor, sino por un aragonés,
que él dice ser natural de Tordesillas». »Quitádmele de ahí -respondió el otro
diablo-, y metedle en los abismos del infierno: no le vean más mis ojos»

»¿Tan malo es?», respondió el otro. »Tan malo -replicó el primero-, que si de
propósito yo mismo me pusiera a hacerle peor, no acertara». Prosiguieron su
juego, peloteando otros libros, y yo, por haber oído nombrar a don Quijote,
a quien tanto adamo y quiero, procuré que se me quedase en la memoria esta visión. Sigue leyendo

Comunicado de la Oficina del Censo Electoral: Procedimiento ante reclamaciones por empadronamientos

Comunicado de la Oficina del Censo Electoral

Procedimiento ante reclamaciones por empadronamientos sospechosos de ser irregulares y su repercusión en el Censo Electoral

La Oficina del Censo Electoral (OCE) quiere recordar el procedimiento que emplea ante las reclamaciones por empadronamientos sospechosos de ser irregulares, así como su repercusión en el Censo Electoral.

La actualización del Censo Electoral se realiza conforme a los procedimientos establecidos por la normativa legal vigente, a partir de las comunicaciones mensuales de las variaciones de los datos de inscripción en los padrones municipales procedentes de los ayuntamientos.

Conforme a la legislación vigente estos deberán haber realizado las comprobaciones previas de que las nuevas inscripciones se corresponden con la situación real de residencia habitual de los ciudadanos, de acuerdo con los artículos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, que establece entre sus artículos lo siguiente:

• Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.
• La condición de vecino confiere el derecho a ser elector y elegible en los términos establecidos en la legislación electoral.
• Los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad.
• Los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado. Este deberá comunicar el municipio o país en el que vive habitualmente y solicitar por escrito el alta en el Padrón municipal o en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección Consular correspondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayuntamiento que acuerde la baja de oficio. Si el interesado no manifiesta expresamente su conformidad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.
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